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viernes, 4 de noviembre de 2016

1. Democracia participativa y protagónica, en un estado de derecho y de justicia. Igualdad, no discriminación y justicia social. Derechos humanos. Equidad de género



1. Democracia participativa y protagónica, en un estado de derecho y de justicia. Igualdad, no discriminación y justicia social. Derechos humanos. Equidad de género

La democracia participativa y protagónica está en el centro de la construcción de la nueva República, conforme establece nuestra Constitución. La vivencia de la participación protagónica ha de ser por supuesto una experiencia indispensable en todos los planos de la vida escolar, pero también tiene que ser un tema de estudio que permita la revisión crítica de sus principales supuestos: el pueblo como soberano; la participación individual y colectiva en la formación, formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas; la corresponsabilidad Estado y sociedad en la conducción de la vida de la Nación; la organización y el Poder Popular como elementos esenciales; la valoración de lo público como asunto y responsabilidad de todas y todos; la superación de los mecanismos de acaparamiento del poder público por parte de minorías privilegiadas. Elementos que sólo pueden ser comprendidos en su dinámica histórica y en la reconstrucción de lo que se ha entendido por democracia.

El estudio crítico del ordenamiento jurídico, iniciando por la Constitución y la organización de los poderes públicos, confluye en este tema. Igualmente, a partir de la discusión de otros temas (por ejemplo: petróleo, derecho a la salud, familia y comunidad, pueblos indígenas, interculturalidad) reaparece, en sus tejidos temáticos esta dimensión fundamental de la vida de la República, preguntando siempre por las concreciones del protagonismo popular, las formas de participación y los marcos jurídicos relacionados.

La democracia participativa y protagónica tiene además como sustento la igualdad, la no discriminación y la justicia social, tanto como el pleno ejercicio de los derechos humanos por parte de todas y todos.

Simón Bolívar, en su discurso de Angostura del 15 de febrero de 1819, expresó: “El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política”. Hoy, este desafío del estado venezolano pasa por superar toda forma de desigualdad, injusticias y discriminación. En el artículo 21 de la CRBV se establece que “Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia no se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona”. El paso necesario para superar las desigualdades, discriminaciones e injusticias sociales es visualizarlas, asumir que existen y que se expresan en la cotidianidad en nuestro país y que se evidencian en el maltrato y violencia de género, en la exclusión o subestimación por el color de la piel aun en las formas más sutiles (chistes, comentarios, estigmatizaciones, ridiculizaciones), la discriminación y descalificación entre religiones e inclusive la descalificación y no reconocimiento de las decisiones cuando éstas vienen de sectores populares ya que, por ejemplo “el pueblo no sabe”. En nuestras instituciones educativas debe ser tema de estudio, debates, reflexiones y acuerdos para su superación. Nuestras instituciones educativas de todos los niveles y modalidades deben convertirse en espacios de convivencia con reconocimiento de las diferencias, espacios de respeto, cuidado y protección mutua, de inclusión en el goce y ejercicio de los derechos, la igualdad en condiciones y oportunidades y espacios de justicia social.

Este tema indispensable no es asunto de estudio de una sola área de formación. Si vamos a estudiar la desigualdad, no solo se aborda en el área de Memoria, Territorio y Ciudadanía, sino también, por ejemplo, de Matemática, para permitirnos comprender que “… en 2016, el 1% de la población mundial tendrá más que la suma de lo que posee el 99 por ciento restante (…) Los 80 multimillonarios que encabezan la lista incrementaron su riqueza en 600.000 millones de dólares en los últimos cuatro años, una cantidad que equivale a la suma de los presupuestos de 11 países del mundo con una población colectiva de 2.300 millones de personas” . Con esta ilustración se quiere mostrar la importancia de repensar la razón de ser de las áreas de formación, dándole mayor relevancia a los temas de estudio y cómo cada área puede contribuir, desde la naturaleza de la misma, a su mayor comprensión, reflexión e interpretación crítica.

Así mismo, el ser humano desde que es concebido goza de todos los derechos: el derecho a la vida, a la salud, a la educación, a la integridad física, psíquica y moral, a la cultura, a un ambiente sano, a ser informado de manera veraz y oportuna, a la libre expresión, a la seguridad, a la no discriminación, entre los más fundamentales resaltando que, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el artículo 22, el no estar enunciado o nombrado algún derecho humano en instrumentos internacionales o en la constitución, no significa que no se garantice el ejercicio del mismo. Los Derechos Humanos son universales, inalienables e indivisibles. Son universales, por el hecho de existir seres humanos en todo el mundo y son para el goce y ejercicio de todos los seres humanos indistintamente donde vivan en el planeta. Los Derechos Humanos son inalienables, porque no se puede ser despojado de ellos por otros ni por otras y son irrenunciables ya que ninguna persona puede renunciar a sus derechos humanos voluntariamente. Estos derechos también son indivisibles, tanto por la inexistencia de jerarquía entre ellos - todos son igualmente necesarios para una vida digna- como por la inadmisible posibilidad de restringir o limitar un derecho para promover otro, por ejemplo, no puedo violar mi derecho político de participación para que se me pueda garantizar mi derecho a la educación, sino que ambos son Derechos Humanos, ambos se deben respetar y todos como ciudadanos y ciudadanas conscientes y comprometidos debemos defender.

Los derechos humanos deben ser bien conocidos por todos los ciudadanos y todas las ciudadanas. Las sociedades muchas veces se van acostumbrando a prácticas sociales en las cuales se vulneran y violentan los derechos humanos, sin ni siquiera saberlo. La educación no puede ser indiferente a esta situación, sino que al contrario, las instituciones educativas deben ser espacios de ejercicio y prácticas de todos los derechos humanos y a su vez, ser espacios de formación de tal manera que los y las estudiantes conozcan sus derechos, los respeten y sepan defenderlos. Para poder defender nuestros derechos humanos, debemos en primer lugar, conocerlos y reconocer cuándo se están vulnerando. Igualmente, todo ciudadano y toda ciudadana deben conocer los mecanismos mediante los cuales pueden defender sus derechos humanos vulnerados o violados. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, claramente estipula una serie de mecanismos que permiten ejercer acciones en defensa de los derechos vulnerados o cuando haya el temor de su vulneración.

Una nueva cultura de verdadera convivencia requiere del respeto y reconocimiento de los derechos humanos nuestros y de los y las demás. Tal como lo expresó nuestro Libertador simón Bolívar en 1817 “Un buen ciudadano debe siempre pensar con respecto a sí, lo que calcularía con respecto a los demás”. Nuestra Constitución, es por excelencia garante de los derechos humanos, por ello en el artículo 2 define al Estado como democrático y social de derecho y de justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la responsabilidad social, y en general, la preeminencia de los derechos humanos.

Los Derechos Humanos en el mundo están en la palestra debido a las constantes violaciones que se presentan. La indolencia y la indiferencia ante la vulneración y violación de estos derechos en el mundo, hace necesaria la insistencia de este tema como indispensable y fundamental en nuestras instituciones educativas. Es todo un cambio cultural para un mundo mejor, darnos cuenta que tenemos que dar un salto adelante en la conciencia y el compromiso por la paz y la convivencia verdadera y esto solo es posible en una sociedad en la cual todos y todas reconozcamos, respetemos y conozcamos nuestros derechos humanos. Una sociedad justa, solidaria y de paz, con ciudadanos y ciudadanas comprometidos y comprometidas consigo mismo, consigo misma y con los y las demás.


Por último, derivado de estos derechos, está el tema de la equidad de género. La Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en su artículo 1 señala el objeto de garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa, democrática, participativa, paritaria y protagónica. Igualmente establece en su Artículo 3 la protección de los siguientes derechos: El derecho a la vida. La protección a la dignidad e integridad física, psicológica, sexual, patrimonial y jurídica de las mujeres víctimas de violencia, en los ámbitos público y privado. La igualdad de derechos entre el hombre y la mujer. La protección de las mujeres particularmente vulnerables a la violencia basada en género. El derecho de las mujeres víctimas de violencia a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que están obligadas a crear la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal. Dicha información comprenderá las medidas contempladas en esta Ley relativas a su protección y seguridad, y los derechos y ayudas previstos en la misma, así como lo referente al lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral. La CRBV establece en su artículo 88: El Estado garantizará la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del derecho al trabajo. El Estado reconocerá el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley. La participación en las mismas condiciones de hombres y mujeres, garantiza plenas libertades y derechos consagrados en nuestras leyes, de allí que, en la medida en que nuestros y nuestras estudiantes estén informados y formados en la equidad de género permitirá el verdadero desarrollo a plenitud en el goce y ejercicio de sus derechos propiciando un importante cambio cultural en la concepción de la relación hombre-mujer.

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